lunes, 17 de febrero de 2020

En el juzgado de lo familiar hay abogados de oficio para ayudar a los adultos mayores para su pensión alimenticia

LOS ADULTOS MAYORES DE 60 AÑOS TIENEN DERECHO A LA SALUD, VIVIR SIN VIOLENCIA Y RECIBIR PENSIÓN ALIMENTICIA, DIJO LA JUEZ LILIA HERNÁNDEZ FLORES

Los adultos mayores tienen derecho a la salud, educación, pensión alimenticia y a vivir una vida sin violencia, entre otros derechos; por lo que explicó que, de acuerdo al Código Civil, se señala que el otorgar alimentos debe de ser de manera recíproca,
es decir, que la persona que otorga los alimentos en un momento, en otro momento de su vida tiene derecho a recibirlos; así lo dio a conocer la jueza tercero familiar, del Poder Judicial del Estado de Colima, Lilia Hernández Flores
Así también como los padres están obligados a otorgar alimentos a sus hijos menores de edad y mayores de edad cuando tiene alguna discapacidad o están estudiando, pero TAMBIÉN LOS HIJOS ESTÁN OBLIGADOS A OTORGAR PENSIÓN ALIMENTICIA A LOS PADRES que son adultos mayores, porque así lo establece la ley”
La juez Hernández Flores informó que de acuerdo a la ley, la pensión alimenticia para los adultos mayores contempla: la alimentación, vivienda, el vestir, los gastos del geriatría, medicamentos, tratamientos médicos, incorporarles como parte de la familia, estar al pendiente de las necesidades físicas, emocionales, de salud de los adultos mayores.
Por lo tanto la jueza de lo familiar explicó que el Código Civil señala, que cuando no hay hijos (por causa de muerte, tiene algún estado de discapacidad o enfermedad), para otorgar esa pensión, la obligación recae en los descendientes más próximos en grados, como son los nietos, de no estar ellos sigue en los parientes colaterales de cuarto grado, hermano, primos, sobrinos.
Ahora, si se diera el caso de que los familiares no quieran cumplir con la obligación de otorgar este tipo de pensión, la jueza de lo familiar señaló que, los adultos mayores pueden pedir que se respeten sus derechos presentando demanda de pensión alimenticia que vaya dirigida a los juzgados familiares y soliciten se fije pensión y garantice para ellos.
Por lo tanto la jueza de lo familiar informó que en el juzgado familiar tercero del poder judicial del estado de colima existen abogados de oficio que pueden ayudar a los adultos mayores para pedir lo que por derecho les corresponde, que es la pensión alimenticia, ellos pueden orientar y asesorar de
acuerdo con la ley y en la elaboración de la demanda correspondiente; porque forman parte de las principales funciones como lo es proteger y garantizar los derechos de este gran sector como lo es los adultos mayores, que tienen derecho a vivir una vida plena y la ley les garantiza la protección de sus derechos. Concluyo.

























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